¿Quiénes pueden asociarse a Coomeva?
De acuerdo a los Estatutos de la Cooperativa, podrán asociarse: Las personas naturales que sean profesionales, técnicos y tecnólogos con título en educación superior reconocido por el Estado, su cónyuge o compañero (a) permanente y los hijos del asociado, padres y hermanos.
Los empleados de la Cooperativa, de las empresas del grupo empresarial Coomeva.
Los estudiantes de último año de carrera de las instituciones de educación superior reconocidas por el Estado.
El cónyuge o compañero (a) permanente, los hijos, padres y hermanos de un asociado fallecido, teniendo solamente como vínculo el parentesco con él (ella) contando para esto con un término de hasta seis (6) meses, a partir de la fecha de fallecimiento del asociado.
Los Corredores de Coomeva y sus empresas que cuenten con una antigüedad mínima de dos años.
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