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Pago de Prestaciones y Devolución de Aportes

Pago de Prestaciones y Devolución de AportesA partir del 1 de mayo Coomeva EPS invita a los aportantes a cumplir con las normas  fijadas en el Decreto 4023 de 2011,  realizando la inscripción de la cuenta bancaria para recibir el pago electrónico de prestaciones económicas  y de devolución de aportes.

 Cuenta Bancaria para Pago de Prestaciones y Devolución de Aportes
Los pagos de las prestaciones económicas y devolución de aportes, (Artículo 24 decreto 4023 de 2011), sólo se realizarán por transferencia electrónica a la persona jurídica, es necesario registrar el  número de cuenta, para realizar la inscripción se debe presentar certificación bancaria de la cuenta, utilizar el  formato EPS-FT-141 autorización para pago por transferencia electrónica y se deben radicar en las sedes asignadas.


 
Este pago directo por transferencia electrónica será obligatorio una vez entre en vigencia el decreto 4023 de 2011, que fue aplazada hasta el 29 de julio de 2012, a través del decreto 0825 del 25 de abril del 2012.
 

 Descargue aquí el Formato de Autorización para Pago por Transferencia Electrónica

Ciudad
Dirección Centro de Recepción
Pereira
Carrera 13 Nº 2 - 24, piso 2
Bogotá
Carrera 18 No. 84-14
Medellín
Calle 33 Nº 74B - 267. Casa 1
Barranquilla
Cra 53 N° 68B-135. Local 127 CC Gran Centro
Cali
 Carrera 39 #5 A-66
Bucaramanga
Carrera 34 #44-80. San Pío.

 

 Prestaciones económicas
Las prestaciones económicas (incapacidad temporal, licencias de maternidad y  paternidad) no se podrán descontar de la Planilla Integral de Liquidación Aportes PILA, la persona jurídica recibirá el pago a través de transferencia electrónica, para lo cual debe registrar una cuenta de ahorros o corriente en la EPS; la persona natural puede solicitar el pago por transferencia o cheque en caso de que no registre cuenta bancaria (Artículo 27 del Decreto 4023).

 Devoluciones de Aportes
El citado Decreto también realizó una modificación del proceso de devolución de aportes. Las solicitudes por devolución de aportes deben hacerse directamente a la EPS que de manera errada se le consignaron los aportes. Para evitar quedar en mora con la EPS que le presta los servicios de salud, se debe realizar el pago del aporte y liquidar los intereses correspondientes. Porque el cumplimiento de las normas, es también parte fundamental para nuestro Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Si desea mayor información nuestra línea de atención al cliente se encuentra a su disposición 01 800 930 779


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