| Ciudad | Dirección Centro de Recepción |
| Pereira | Carrera 13 Nº 2 - 24, piso 2 |
| Bogotá | Carrera 18 No. 84-14 |
| Medellín | Calle 33 Nº 74B - 267. Casa 1 |
| Barranquilla | Cra 53 N° 68B-135. Local 127 CC Gran Centro |
| Cali | Carrera 39 #5 A-66 |
| Bucaramanga | Carrera 34 #44-80. San Pío. |
Prestaciones económicas
Las prestaciones económicas (incapacidad temporal, licencias de maternidad y paternidad) no se podrán descontar de la Planilla Integral de Liquidación Aportes PILA, la persona jurídica recibirá el pago a través de transferencia electrónica, para lo cual debe registrar una cuenta de ahorros o corriente en la EPS; la persona natural puede solicitar el pago por transferencia o cheque en caso de que no registre cuenta bancaria (Artículo 27 del Decreto 4023).
Devoluciones de Aportes
El citado Decreto también realizó una modificación del proceso de devolución de aportes. Las solicitudes por devolución de aportes deben hacerse directamente a la EPS que de manera errada se le consignaron los aportes. Para evitar quedar en mora con la EPS que le presta los servicios de salud, se debe realizar el pago del aporte y liquidar los intereses correspondientes. Porque el cumplimiento de las normas, es también parte fundamental para nuestro Sistema General de Seguridad Social en Salud.