Requisitos para elegir y ser elegido

Son asociados hábiles para elegir y ser elegidos, los inscritos en el registro social de Coomeva que no tengan suspendidos sus derechos y se encuentren a la fecha de convocatoria al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones estatutarias, reglamentarias, crediticias y de todo tipo con la Cooperativa. Igualmente, deberán estar al corriente a la fecha de convocatoria, en el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
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Las derivadas de servicios prestados por Bancoomeva.
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Las derivadas de servicios cuyo pago y cartera asuma la Cooperativa en nombre de sus asociados.
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Aquellas cuyo valor sea incluido en el estado de cuenta del asociado.
Para tener derecho al voto el asociado debe haber adquirido la calidad de asociado con una antelación mínima de seis (6) meses, al momento de la votación.
Requisitos:
Para ser elegido Delegado se requiere:
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Ser asociado hábil de Coomeva.
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Acreditar por lo menos:
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Al momento de la inscripción, 120 horas de formación en cooperativismo, de acuerdo con los programas curriculares de educación que la Cooperativa diseñe para sus dirigentes.
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Adicionalmente, dentro del año siguiente a su elección, 240 horas de formación de acuerdo con los programas curriculares de educación que la Cooperativa ha diseñado o diseñe para sus dirigentes sobre el funcionamiento de Coomeva en sus aspectos administrativos, financieros, reglamentarios y legales, entre otros. Si al vencimiento del año siguiente a su elección, no se acreditan las 240 horas aquí previstas, quedará suspendido en su condición de Delegado hasta tanto las acredite.
En todo caso, la Administración deberá facilitar y garantizar los mecanismos virtuales o presenciales para el cumplimiento las obligaciones señaladas en el presente numeral.
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Tener una antigüedad como asociado, de por lo menos tres (3) años.
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Acreditar título en su respectiva profesión u oficio con una anterioridad mínima a tres (3) años.
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No haber sido sancionado por la Cooperativa, durante los cinco (5) años anteriores a la nominación, con suspensión o pérdida de sus derechos sociales, de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Social de Coomeva.
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No haber sido sancionado en los últimos cinco (5) años con multa o con suspensión, destitución o remoción del cargo por un organismo de control estatal o de control en el ejercicio de su profesión.
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No haber sido empleado, promotor o corredor de Coomeva o de las empresas que conforman su Grupo Empresarial Cooperativo, durante los tres (3) años inmediatamente anteriores al de la respectiva elección.
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No estar contemplado dentro de las inhabilidades e incompatibilidades que establezca la ley y el Estatuto Social de Coomeva.
Fecha de publicación 09/08/2021
Última modificación 17/08/2021