Convalidación de títulos
Convalidación de títulos
Es el reconocimiento que realiza el Ministerio de Educación Nacional de Colombia, de los títulos académicos de pregrado o postgrado de educación superior otorgados por instituciones extranjeras, con el objeto de establecer una equivalencia que se ajuste a la legislación colombiana.
Requisitos:
- Presentar solicitud escrita en el formato suministrado por el Ministerio.
- Fotocopia autenticada del diploma o título que se pretende convalidar, debidamente legalizado.
- Fotocopia de la traducción oficial del diploma o título, si está en idioma distinto al español. (Deberá ser traducido por traductor o interprete oficial reconocido por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Para ver lista de traductores oficiales registrados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. Conozca el listado de traductores oficiales
- Certificado de calificaciones en original, debidamente legalizado.
- Fotocopia de la traducción oficial del certificado de calificaciones, si está en idioma distinto al español. (Deberá ser traducido por traductor o interprete oficial reconocido por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Fotocopia del documento de identidad (cédula de ciudadanía, de extranjería, pasaporte).
- Recibo de consignación de la tarifa correspondiente (No se admiten fotocopias).
- Cuando se solicite la convalidación de un título de pregrado o postgrado en el área de la salud, se deberá anexar, la información que a continuación se relaciona:
- Documento(s) que acrediten la realización del año de internado rotatorio (o su equivalente en el país de origen).
- Pénsum académico de los programas cursados en las áreas clínicas.
- Respecto de postgrados en general, certificación sobre las actividades prácticas de la especialización, incluido el tiempo de actividad práctica.
- En cuanto a postgrados quirúrgicos, el récord de cirugías durante el período de entrenamiento.
- Especialidades médicas: programa académico, actividades asistenciales (consultas - cirugías, etc.) desarrolladas según nivel de residencia. Se admite récord quirúrgico o de consulta.
- Adicionalmente se deben documentar las actividades académicas y asistenciales que el convalidante desarrolló durante el programa, desglosar programa académico por año.
Nota 1: Una vez se convalide el título el convalidante deberá solicitar, ante el Ministerio de la Protección Social, una plaza para adelantar el año de servicio social obligatorio.
Nota 2: Cuando el título que se pretende convalidar corresponde a una maestría o doctorado (en cualquiera de las áreas del conocimiento), en caso de que su solicitud deba ser resuelta por el criterio de evaluación académica, el evaluador podrá solicitar, si lo considera necesario, copia informal del trabajo de investigación o tesis doctoral o resumen en español del mismo.
Nota 3: En caso de que la solicitud deba ser resulta por el criterio de evaluación académica, el evaluador podrá solicitar, si lo considera necesario, copia informal del programa académico del título que desea convalidar para emitir concepto técnico académico. Si el convalidante lo desea, puede anexar este documento al momento de radicar la solicitud.
Normatividad: Ley 30/92
Resultado: Convalidar y legalizar títulos - Resolución o acto administrativo convalidando o negando la solicitud, o auto de archivo.
Duración: 45 días a 5 meses
Costo: Pregrado: 22 SMDLV - $279.700 Postgrado: 25 SMDLV - $317.900
Horario: 8 A.M - 5 P.M
Formatos
Solicitud de convalidación
Guía de covalidación
Fecha de publicación 18/05/2005
Última modificación 18/12/2019