Modificaciones tributarias para el año 2022
Como es de tu conocimiento, las personas que tienen ingresos mensuales de mínimo $3.610.380 deben por normatividad ser sujetos a Retención en la Fuente. Para ello, como organización, debemos establecer la base y porcentaje de retención en la fuente a fin de disminuir los pagos laborales que realizamos en cada una de las empresas del Grupo, por lo cual te agradecemos enviar a Gestión Humana de tu empresa, los siguientes certificados de acuerdo con tu condición laboral:
- En caso de tener dependientes por factores físicos o psicológicos, debe entregar la certificación expedida por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o por las Empresas Administradoras de Salud.
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Para los casos de dependencia por ausencia de ingresos se debe entregar la certificación del Contador Público que exprese que tu cónyuge o compañero(a) permanente, tus padres y/o hermanos(as) se encuentran en situación de dependencia, especificando que sus ingresos en el año son menores a $9.881.040. (260 UVT).
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Para lo anterior, el valor a deducir de la retención por concepto de dependientes es el 10% del total de los ingresos brutos provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria del respectivo mes, sin exceder un total de $1.216.128 mensuales (32 UVT).
Finalmente, les sugerimos analizar con su asesor tributario la conveniencia de suministrar esta información al área de Gestión Humana/nómina, para reducir la base de retención en la fuente, con el fin de no afectar su flujo de caja en el momento de presentar su declaración de impuestos sobre la renta.
Así mismo, contamos con un concepto de retención en la fuente voluntario mensual para colaboradores, con el propósito de prepagar el impuesto sobre la renta y que sirva como alivio en la disminución, en el momento de presentar su declaración de renta.
Los certificados junto con la debida solicitud escrita del (la) colaborador(a) deberán enviarse en forma física en original al área de Gestión Humana de tu empresa a más tardar el viernes 15 de marzo de 2022.
Fecha de publicación 11/01/2021
Última modificación 01/02/2022